Calcula tu liquidación, CTS y gratificación en Perú

Estimación referencial, clara y en soles — sin crear cuenta, sin dar tu correo. Elige una pestaña y obtén tu resultado al instante.

⚠️ Este cálculo es referencial y puede variar según el régimen laboral, descuentos, convenio, tipo de contrato y condiciones particulares de cada trabajador.

🔒 100% privado — tus datos se procesan en tu dispositivo y no se suben a ningún servidor.

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¿Cómo calcular tu liquidación en Perú?

Cuando termina la relación laboral, el empleador debe pagar la liquidación de beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes al cese. Los conceptos más comunes que la componen son la CTS trunca (la parte proporcional de la Compensación por Tiempo de Servicios generada desde el último depósito hasta el cese), la gratificación trunca (proporcional al tiempo trabajado dentro del semestre en curso), las vacaciones truncas o pendientes (si no gozaste el descanso físico que te correspondía) y, cuando aplica, la asignación familiar y otros ingresos habituales como comisiones u horas extra, que se incorporan a la "remuneración computable" usada para calcular CTS y gratificación.

El orden práctico para estimarla es: (1) reunir tu sueldo bruto y los conceptos variables que recibes regularmente, (2) ubicar tus fechas de inicio y de cese, (3) identificar si tienes vacaciones sin gozar, y (4) dejar que la calculadora aplique las reglas de proporcionalidad (30 días por mes, 360 días por año, 180 días por semestre) que se usan en la práctica de planillas peruana.

¿Cómo funciona la CTS?

La CTS es un beneficio social de previsión: actúa como un "seguro" para los periodos sin empleo. Se deposita en la cuenta bancaria que elige el trabajador dos veces al año — primera quincena de mayo y primera quincena de noviembre — y se calcula sobre la "remuneración computable", que incluye el sueldo, la asignación familiar, el promedio de ingresos variables habituales y un sexto adicional (1/6) de la gratificación percibida. Es importante para el trabajador porque, salvo excepciones puntuales permitidas por ley, no puede disponer libremente de ese dinero hasta el término del vínculo laboral, lo que la convierte en un respaldo económico ante la pérdida del empleo.

¿Cómo se calcula la gratificación?

Se pagan dos gratificaciones legales al año: en julio (por Fiestas Patrias) y en diciembre (por Navidad), cada una equivalente a un sueldo íntegro si trabajaste los 6 meses completos del semestre correspondiente. Si trabajaste menos, te corresponde 1/6 de tu remuneración computable por cada mes completo. Además, la Ley 30334 obliga al empleador a entregarte una bonificación extraordinaria adicional: 9% de tu gratificación si estás afiliado únicamente a EsSalud, o 6.75% si estás afiliado a una EPS — ese porcentaje representa el aporte a la seguridad social que el empleador se ahorra al no tributar sobre la gratificación, y por ley debe trasladarse íntegramente a ti.

Cómo funciona en 3 pasos

  1. Ingresa tus datos laborales.

    Sueldo, fechas y los conceptos variables que recibes.

  2. Selecciona el cálculo que necesitas.

    Liquidación, CTS o gratificación — cada una en su propia pestaña.

  3. Revisa y descarga tu estimación.

    Con desglose por concepto y resumen listo para guardar o compartir.

Preguntas frecuentes

¿La calculadora de liquidación es gratuita?

Sí, es 100% gratuita y no requiere registro, correo ni ningún dato personal. Puedes usarla las veces que quieras.

¿El cálculo es exacto?

No. Es una estimación referencial basada en las reglas generales del régimen laboral privado peruano. El monto real puede variar según tu convenio colectivo, régimen especial, descuentos judiciales, políticas internas de tu empleador y condiciones particulares de tu contrato. Ante cualquier duda, consulta con un especialista laboral o con SUNAFIL.

¿Qué conceptos incluye una liquidación?

Generalmente vacaciones truncas o pendientes, CTS trunca, gratificación trunca, asignación familiar (si corresponde) y otros ingresos computables como comisiones u horas extra habituales. Puede incluir también otros conceptos que esta calculadora no estima, como indemnización por despido arbitrario.

¿Cómo sé si me corresponde asignación familiar?

Te corresponde si tienes al menos un hijo menor de 18 años, o hasta 24 años si cursa estudios superiores, y trabajas en el régimen laboral privado. El monto equivale al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV).

¿Cuándo se deposita la CTS?

Dos veces al año: primera quincena de mayo (periodo noviembre–abril) y primera quincena de noviembre (periodo mayo–octubre).

¿Cuándo se paga la gratificación?

Dos veces al año: primera quincena de julio (Fiestas Patrias) y primera quincena de diciembre (Navidad), junto con la bonificación extraordinaria de Ley 30334.

¿Puedo calcular una liquidación si trabajé pocos meses?

Sí. La calculadora estima los conceptos truncos (proporcionales) de CTS y gratificación según los días efectivamente trabajados, aunque no hayas completado un semestre.

¿Qué debo hacer si mi empleador no paga mis beneficios?

Puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) o iniciar un proceso ante los juzgados laborales. Te recomendamos asesorarte con un abogado laboralista o acudir al Ministerio de Trabajo para orientación gratuita.

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